
El Gobierno de EEUU presentó una nueva regla para solicitar visa de no inmigrante, un cambio que afecta especialmente a cubanos y a ciudadanos de varias nacionalidades donde las embajadas estadounidenses no ofrecen regularmente todos los servicios consulares.
La nueva guía del Departamento de Estado establece que los solicitantes deben programar su entrevista en la embajada o el consulado estadounidense de su país de nacionalidad o del país donde residan legalmente.
La medida comprende visas temporales como las de turismo y negocios B1/B2, además de permisos para estudiantes, trabajadores y participantes en programas de intercambio, entre otras categorías.
Como regla general, una persona que solicite una visa de no inmigrante deberá acudir a una sede diplomática de Estados Unidos ubicada en:
Quienes presenten la solicitud basándose en su residencia deberán demostrar que viven legalmente en esa nación.
Por ejemplo, un ciudadano cubano que resida legalmente en México podrá solicitar allí su visa estadounidense, pero tendrá que presentar documentos que acrediten su residencia.
Las instrucciones no establecen una prohibición absoluta para solicitar una visa en un tercer país. Sin embargo, el Departamento de Estado advierte que hacerlo fuera del país de nacionalidad, residencia o de la sede consular asignada podría dificultar la aprobación.
Los solicitantes también deben tener en cuenta varias consecuencias:
Por esta razón, una persona que pague la tarifa y posteriormente descubra que debe realizar el trámite en otra sede diplomática podría tener que comenzar un nuevo proceso y efectuar otro pago.
El Departamento de Estado aclaró que, como regla general, las citas que ya estaban programadas no serán canceladas. Si una embajada necesita cancelar alguna entrevista, deberá notificar directamente al solicitante.
La Embajada de Estados Unidos en La Habana mantiene suspendidos la mayoría de los servicios rutinarios de visas de no inmigrante, aunque procesa algunas categorías limitadas.
Para los ciudadanos cubanos que no residan legalmente en otro país, la sede designada para tramitar la mayoría de las visas de no inmigrante es la Embajada de Estados Unidos en Georgetown, Guyana.
Los cubanos que vivan legalmente en otra nación podrán solicitar la visa en su país de residencia, siempre que presenten pruebas de su estatus legal.
La actualización resulta especialmente importante porque, durante años, numerosos cubanos han viajado a terceros países para solicitar visas de turismo, negocios, estudios o intercambio ante las limitaciones de los servicios consulares en La Habana.
Además de las nuevas instrucciones sobre el lugar de la entrevista, Cuba figura entre los países sujetos al programa de fianzas para determinadas visas de turismo y negocios.
Un ciudadano cubano que sea considerado elegible para una visa B1/B2 podría tener que depositar una fianza de $5,000, $10,000 o $15,000. El monto será determinado por el funcionario consular durante la entrevista.
El solicitante no debe efectuar ningún pago por adelantado ni utilizar páginas de terceros. La fianza solamente se paga cuando el funcionario consular lo ordena y mediante el enlace oficial proporcionado para Pay.gov.
El Departamento de Estado también advierte que pagar la fianza no garantiza la emisión de la visa.
Si el viajero cumple las condiciones establecidas, incluyendo abandonar Estados Unidos dentro del período autorizado, el dinero puede ser devuelto a la persona que realizó el depósito.
La guía no se aplica a determinadas categorías diplomáticas y oficiales, entre ellas las visas A, G, C-2, C-3 y NATO.
También podrán contemplarse excepciones limitadas por emergencias humanitarias, razones médicas o asuntos relacionados con la política exterior de Estados Unidos.
Las autoridades recomiendan revisar la página de la embajada o el consulado correspondiente antes de pagar la tarifa o programar la entrevista, debido a que los servicios disponibles, requisitos y tiempos de espera pueden variar en cada país.
Con información de medios locales



