
Una inmigrante hondureña enfrenta una deuda de más de 668.000 dólares con el Gobierno de Estados Unidos después de permanecer en el país durante años sin cumplir una orden definitiva de deportación.
El caso, resuelto por un tribunal federal del sur de Florida, evidencia las severas consecuencias económicas que pueden derivarse del incumplimiento deliberado de una disposición migratoria.
La sanción contra Kenia Elizabeth Vasquez Dubon asciende a 668.390,95 dólares, una cantidad que incluye penalizaciones diarias e intereses legales.
La resolución fue dictada el 21 de octubre de 2026 por el juez federal Ed Artau, según la información divulgada sobre el procedimiento.
El expediente señala que un juez de inmigración ordenó la deportación de Vasquez Dubon a Honduras el 22 de julio de 2022. La decisión quedó firme el 23 de agosto del mismo año.
A pesar de la resolución, la mujer continuó en territorio estadounidense.
Las autoridades sostuvieron que había sido advertida sobre las posibles sanciones económicas derivadas del incumplimiento y que posteriormente recibió una notificación formal para exigir el pago.
El Gobierno federal acudió a los tribunales para reclamar la deuda. La demandada no respondió al proceso judicial, por lo que el magistrado dictó una sentencia en rebeldía.
El cálculo presentado contempla 998 dólares diarios por incumplimiento, además de intereses acumulados hasta el 6 de febrero de 2026.
La decisión abre la posibilidad de que las autoridades utilicen mecanismos legales para intentar recuperar el dinero, de acuerdo con las normas federales de ejecución de sentencias.
La sentencia ha generado preocupación por sus posibles implicaciones para extranjeros que permanecen en Estados Unidos después de recibir una orden definitiva de expulsión.
Sin embargo, no todas las personas que enfrentan un procedimiento migratorio se encuentran en la misma situación jurídica.
Para evaluar la posibilidad de una sanción es necesario determinar si existe una orden final de deportación, cuáles son las obligaciones impuestas al extranjero y si hay circunstancias que impiden ejecutar su salida.
También resulta importante distinguir entre una persona que se niega deliberadamente a cumplir una orden y otra cuya deportación no puede concretarse por factores fuera de su control.
Por tanto, la permanencia irregular en Estados Unidos no significa automáticamente que una persona deba pagar una multa de esta magnitud.
Uno de los interrogantes más relevantes afecta a los inmigrantes cubanos que fueron liberados por las autoridades migratorias mediante el formulario I-220A.
Este documento, conocido como Order of Release on Recognizance, establece condiciones para la liberación de una persona bajo custodia migratoria.
No constituye por sí mismo una residencia legal, un parole migratorio ni una orden definitiva de deportación.
En consecuencia, tener un I-220A no significa automáticamente que el inmigrante esté expuesto a una sanción como la impuesta a la ciudadana hondureña.
La situación puede cambiar cuando existe una orden final de expulsión y se cumplen los requisitos legales para imponer una penalización.
Por esa razón, cada expediente debe examinarse individualmente, especialmente cuando hay solicitudes de asilo, apelaciones pendientes u otras acciones legales relacionadas con el procedimiento de deportación.
Los inmigrantes que reciban una notificación relacionada con una sanción económica deben prestar especial atención a los plazos para responder.
No contestar una reclamación puede limitar las oportunidades de presentar argumentos o cuestionar el monto exigido.
Un abogado de inmigración puede evaluar si existen fundamentos para impugnar la multa, revisar la situación de la orden de deportación o determinar si corresponde solicitar alguna medida de protección procesal.
El caso de Florida demuestra que las consecuencias de una orden de expulsión pueden extenderse más allá de la detención o la deportación e incluir reclamaciones económicas de considerable magnitud.
No obstante, la sentencia contra Vasquez Dubon no establece que todos los inmigrantes con I-220A, ni todas las personas con órdenes de deportación, estén automáticamente sujetos a multas similares.
Con información de medios locales



